Por: Redacción El Blog

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Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitieron una resolución hecha pública durante la tarde de este miércoles en la que deja sin efecto el requisito de prueba negativa de Covid-19 para ingresar al territorio salvadoreño.

Lo anterior hace referencia a la circular que emitió el Ministerio de Salud, la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) y la Dirección General de Migración y Extranjería, en la cual se afirma que se solicitaría prueba negativa de Covid-19 a quienes arribaran al Aeropuerto Internacional Óscar Romero.

De esta forma, la Sala de lo Constitucional estaría a favor que todos los salvadoreños y extranjeros que lleguen al país puedan ingresar sin restricciones, sin importar si poseen o no un contagio activo de coronavirus.

El requisito que ha sido anulado por la Sala se encontraba establecido en un comunicado emitido por CEPA, el cual detallaba que desde el 19 de septiembre se comenzaría a solicitar la Prueba de Reacción en Cadena (PCR), la cual debía dar resultado negativo para los viajeros.

Según los magistrados, en El Salvador no hay régimen de excepción que evite el ingreso de los connacionales.

«Suspéndense los efectos de las decisiones adoptadas por las autoridades del Ministerio de Salud, Comisión Portuaria Autónoma y Dirección General de Migración y Extranjería- entre ellas, la circular identificada con la referencia 024/2020, suscrita el 11 de septiembre de 20202», detalla la Sala.

Estas indicaciones iban dirigidas «en inadmitir el ingreso de los salvadoreños y extranjeros con residencia definitiva en el país que no presenten a su arribo al Aeropuerto Internacional San Óscar Arnulfo Romero y Galdádez, o a cualquier otro punto autorizado de ingreso, una prueba de PCR que dé negativa en COVID-19», agrega la resolución.

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San Salvador, El Salvador

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