Por: Francisco Narváez

(Foto/cortesía)

Con el objetivo de agilizar el tráfico, el Ministerio de Obras Públicas y el Viceministerio de Transporte (VMT) reformaron el artículo 176, literal 4, del Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial, el cual permitirá a los conductores mover su vehículo al ocurrir un accidente vial, donde no haya como resultado lesionados o fallecidos.

«En caso de accidentes en los que solamente existan daños materiales, los vehículos involucrados deberán moverse de las posiciones en que hayan quedado para no obstruir la vía pública», dijo el ministro Romeo Rodríguez.

Ahora, con esto, no tienen que esperar hasta horas a que la aseguradora llegue a hacer el reporte para poder movilizarse o que llegue la Policía Nacional Civil (PNC) para hacer el informe. La idea es que se agilice el tránsito vehicular y que generar los menores inconvenientes.

Las autoridades determinaron tres pasos importantes a seguir al tener un accidente leve: los conductores deben tomar fotografías o videos del incidente, movilizar el vehículo de la vía, para no interferir con el tránsito vehicular y posteriormente, llamar a la aseguradora, en caso esté asegurada, para seguir las instrucciones, y si no está asegurada, llamar a la PNC para que haga un reporte.

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San Salvador, El Salvador

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