A finales de febrero pasado, una menor de edad colaboraba con su madre en la elaboración de tortillas, en la entrada de la residencial Santa Cecilia, en Santa Ana. En ese momento, dos mujeres identificadas como, Eva María Z. A., de 26 años, y Silvia Raquel A. de S., de 50, llegaron buscando a la madre de la niña.
A pesar de su ausencia, las mujeres insistieron, y la niña intentó contactarla por teléfono celular sin éxito. En respuesta, las mujeres expresaron su intención de llevarse dos tambos de gas, argumentando una deuda de dinero por parte de la madre.
A pesar de las súplicas de la menor, las mujeres se negaron y la agredieron, llevándose el producto. Poco después, la madre de la niña regresó y, junto con su hija, acudió al hospital para recibir atención médica y presentar una denuncia.
El caso fue llevado al Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana, donde se celebró una vista pública contra las dos mujeres en un proceso sumario. Pero, tras la petición de las partes de cambiar la calificación jurídica del delito de robo agravado a ejercicio violento del derecho, el caso se tramitó en un proceso ordinario.
Se otorgó a las imputadas una suspensión condicional del procedimiento por un año, con la condición de cumplir ciertas reglas de conducta, como residir en un lugar específico y la prohibición de frecuentar el sitio donde residen las víctimas y si pasan cerca del lugar no acercarse a ellas.
