Por: Redacción El Blog

(Foto/cortesía)

El Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, determinó que Julio Sosa Santos, de 28 años, deberá pagar lo adeudado a su hijo tras el incumplimiento de los deberes de asistencia económica, previsto y sancionado en el Art. 201 del Código Penal.

“Es un acuerdo conciliatorio serio y conforme a derecho, en el cual se necesita el mejor esfuerzo de su parte para pagar lo que por ley le corresponde a su hijo…”, fue parte del fallo emitido por la jueza.

En el caso, las partes procesales llegaron a un acuerdo, en el que el imputado se comprometió al pago de las cuotas alimentarias atrasadas desde diciembre del año 2021 hasta septiembre de este año, equivalentes a 1 mil 305 dólares.

Al establecerse el compromiso de pago correspondiente a la obligación alimenticia del menor de edad, el tribunal autorizó la salida alterna por tratarse, además, de tipo penal de omisión o descuido.

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San Salvador, El Salvador

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