Por: Fernando Hernández

El Juzgado 1º de Instrucción de Santa Ana, en un juicio abreviado,  condenó a tres años de prisión al abogado Manuel Vicente Ramírez Tovar, de 58 años, por los delitos de falsedad documental agravada y ejercicio ilegal de la profesión.

   El primer ilícito se encuentra tipificado y sancionado en el Artículo 285 del Código Penal, en perjuicio de la fe pública; y el segundo se encuentra en el Artículo 289 en relación al Artículo 42 en perjuicio de seis personas, también en el Código Penal.

La condena se dio luego de que las partes procesales, Fiscalía General de la República y defensa, negociaran dichas penas, a través de la figura del procedimiento abreviado.

Por la falsedad documental agravada, las partes negociaron la pena de dos años de prisión; y un año por el ejercicio ilegal de la profesión, siendo que los tres años de prisión le fueron reemplazados por trabajos de utilidad pública equivalente a 144 jornadas de trabajo, las cuales le serán impuestas por uno de los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena de Santa Ana que sea asignado por la Oficina Distribuidora de Procesos del Centro Judicial Dr. Ángel Góchez Castro de Santa Ana.

Por ambos delitos se solicitó el procedimiento abreviado a favor del imputado, siempre y cuando el procesado admitiera los hechos atribuidos, lo cual hizo durante la audiencia preliminar. 

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San Salvador, El Salvador

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