Con 71 votos a favor, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron reformar el Código Penal para que el “tocamiento impúdico” sea considerado un delito y no una falta.
Este jueves, los diputados aprobaron el dictamen que la Comisión de Legislación resolvió el pasado lunes.
La aprobación contempla las modificaciones de los artículos 160 y 161 del Código Penal. De esta manera, se afirma que “el que realizare tocamientos impúdicos aprovechándose del descuido o mediante engaño en aglomeraciones públicas, lugares públicos o privados incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior” (una pena de 3 a 6 años de cárcel). Mientras, que si la víctima es una menor de 15 años, será castigado con una pena de 8 a 12 años de cárcel.
Las reformas al Código Penal tienen como marco el caso del magistrado Eduardo Jaime Escalante, quien fue acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) de tocar a una niña de 10 años en la colonia Altavista de Ilopango. No obstante, la Cámara Primera de lo Penal, al revisar la acusación fiscal, las pruebas y los peritos, afirmaron que no se trató del delito de agresión sexual, sino más bien a una “falta contra las costumbres y el decoro público”.
#LoÚltimo: Con 71 votos a favor el Pleno Legislativo aprueba reformar el Código Penal y reconocer como delito de agresión sexual el “tocamiento impúdico”. pic.twitter.com/5OOSVfOw2W
— Meganoticias 19 GMV (@Meganoticias19) November 14, 2019