La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) anuló la resolución de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, que favoreció al magistrado Jaime Escalante Díaz y ordenó abrir juicio por del delito de agresión sexual en perjuicio de una niña de 10 años.
La Fiscalía General de la República (FGR) apeló la decisión de la Cámara Primera de lo Penal y logró que la Sala les diera la razón.
La Sala ordenó anular la resolución de la Cámara emitida el pasado 2 de noviembre, donde se modificó la calificación jurídica del delito Agresión Sexual en Menor Incapaz a la falta de Actos Contrarios a las Buenas Costumbres y el Decoro Público, atribuido al magistrado Jaime Escalante.
Dicha resolución tomada por la Cámara Primera de lo Penal, causó indignación social por el accionar del sistema judicial en el país, ya que se protegió al causado; no obstante, ahora la Sala de los Penal ha revertido la resolución y ha ordenado abrir juicio contra el magistrado.
EL HECHO
De acuerdo con las investigaciones, el magistrado Escalante abusó de una niña de 10 años, el 18 de febrero de 2019 en la colonia Altavista de Ilopango.
La niña se encontraba frente a la casa de su tía y jugaba con otro niño cuando vio a un hombre desconocido (el magistrado), quien tiró monedas en el piso. La menor se acercó para agarrar algunas de las monedas y fue ahí cuando Escalante la tomó de los hombros y le tocó sus partes.
Tras los hechos, la niña corrió asustada a contar lo sucedido a su madre y esta corrió detrás del agresor. Acto seguido, llamó al 911 para dar aviso a las autoridades sobre el hecho.
Sin embargo, al ser detenido y presentado ante la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, esta se declaró incompetente de juzgar al magistrado Eduardo Escalante por los delitos de agresión sexual.
La Cámara afirmó que no existía ningún delito cometido por el magistrado, sino que más bien solo era una “falta”.